Reglamento de Ley sobre VIH será una vía para alinearnos con las metas de Onusida

Jhonatan Rodríguez, Presidente de StopVIH

Las estrategias de ONUSIDA en relación a la epidemia fueron fijadas para el año 2030, estableciendo como meta para ese momento el fin de la epidemia de VIH como amenaza para la salud pública, sin embargo también se establecieron acciones para medir avances entre el 2016-2021 fundamentadas en el acceso universal a los servicios de prevención, tratamiento, atención y apoyo relacionados con el VIH, así como para reducir las nuevas infecciones.

Tal planteamiento supone que cada país debe diseñar políticas cuya práctica lleven a resultados alentadores. Siendo así en diciembre 2014 Venezuela dio un paso importante al promulgar la Ley de promoción y protección para las personas con VIH/sida y sus familiares, pero dado a los grandes vacíos que tiene el instrumento, se estima que será ahora cuando se redacte y apruebe el Reglamento de dicha Ley que puedan darse avances en la materia, y con ello alinearse al objetivo globales.

Jhonatan Rodríguez, presidente de StopVIH, y participante de la reunión de trabajo de las ONG que revisaron el contenido de la propuesta de Reglamento que presentó la Defensoría del Pueblo el pasado 15 de diciembre, destacó que dicha propuesta más que un reglamento es un micro resumen de la ley y no aporta nada diferente a lo que dice ese instrumento vigente desde 2014, el cual ha quedado en letra muerta.

“Es fundamental que se establezcan las vías de acciones de las personas naturales y jurídicas; las causales específicas que deben aplicarse en caso de discriminación; asimismo, se tienen que rescatar las obligaciones de todas las instituciones del Estado involucrados en la respuesta nacional al VIH; de igual manera en el ámbito de las comunicaciones deben establecerse obligaciones específicas”, dijo Rodríguez.

El presidente de StopVIH destacó además que tanto en la Ley de VIH como en la propuesta de Reglamento de la Ley está diluida la obligación del Estado venezolano en la aplicación del instrumento jurídico y eso debe establecerse claramente.

Rodríguez recordó que referido Reglamento tiene por objeto desarrollar las normas y establecer los pasos a seguir para aplicar la Ley, dirigidos a fijar condiciones jurídicas, administrativas y de cualquier otra índole para promover los derechos y garantizar la igualdad de las personas con VIH/SIDA, y sus familiares.

Más información en la web www.stopvih.org y a través de @StopVIH en las redes sociales Twitter e Instagram.

Prensa, StopVIH, CNP. 6.126.